CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2023 LÍNEA DE SUBVENCIONES INDUSTRIA 4.0 CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, TURISMO, INNOVACIÓN, TRANSPORTE Y COMERCIO

Objeto: La presente orden tiene por objeto convocar para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, la línea de subvenciones INDUSTRIA 4.0 de la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio, con la finalidad de apoyar que las empresas desarrollen proyectos de implantación de soluciones en el ámbito de la Industria 4.0, mejorando procesos, productos y modelos de negocio, y con ello las capacidades de negocio de la empresa.

Beneficiario: Podrá tener la condición de beneficiaria la empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, que esté válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud, sea titular en Cantabria de una de las actividades económicas relacionadas: 1) Industria de la alimentación. 2) Fabricación de bebidas. 3) Industria textil. 4) Confección de prendas de vestir. 5) Industria del cuero y del calzado. 6) Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería. 7) Industria del papel. 8) Artes gráficas y reproducción de soportes grabados. 9) Coquerías y refino de petróleo. 10) Industria química. 11) Fabricación de productos farmacéuticos. 12) Fabricación de productos de caucho y plásticos. 13) Fabricación de otros productos minerales no metálicos. 14) Metalurgia, fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones. 15) Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo. 16) Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos. 17) Fabricación de material y equipo eléctrico. 18) Fabricación de maquinaria y equipo. 19) Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques. 20) Fabricación de otro material de transporte. 21) Fabricación de muebles. 22) Otras industrias manufactureras. 23) Reparación e instalación de maquinaria y equipo.

Solicitudes: 30/03/2023- 02/05/2023

Actuaciones subvencionables: Serán subvencionables los proyectos de innovación en el entorno empresarial mediante la inversión en la implantación de soluciones en el ámbito de la Industria 4.0, mejorando procesos, productos y modelos de negocio. Los proyectos consistirán en la incorporación de tecnologías que contemplen simultáneamente soluciones de hibridación del mundo físico y el mundo digital, de comunicaciones y tratamiento de datos, y de inteligencia y gestión intra-empresa o interempresas. No será subvencionable la mera adquisición de bienes de equipo no vinculada a un proyecto de estas características. Los proyectos deberán de estar situados en un nivel TRL (Technology Readiness Levels) 5 a 9 ambos incluidos.

Presupuesto: El presupuesto subvencionable del proyecto deberá estar comprendido entre los 30.000€ y los 400.000 € y para su cálculo deberá considerarse la suma de los importes susceptibles de subvención.

Límite: Se podrá subvencionar más de un proyecto por empresa solicitante, con el límite de máximo subvencionado de 200.000 € por empresa.

Intensidad: La intensidad máxima de subvención a aplicar para todos los gastos subvencionables del proyecto será del 75%.

Plazo de ejecución: El plazo de ejecución del proyecto y, por tanto, el período de cobertura de los gastos subvencionados será el comprendido entre el 1 de enero del 2023 y la fecha de finalización del proyecto establecida en la notificación de la resolución de concesión.

Gastos subvencionables:

  • Servicios de consultoría: en áreas de ciberseguridad, cloud computing, big data y analitics, robótica, realidad aumentada, sistemas de realidad virtual, visión artificial, sensorización, diseño y fabricación aditiva, de comunicación para la conectividad de sistemas y teletrabajo.
  • Activos inmateriales: Software relacionado con aplicaciones de gestión del sistema productivo, logístico, comercial o de teletrabajo tales como plataformas colaborativas, soluciones de inteligencia y control (big data y analytics), tecnologías de comunicaciones, computación y cloud y ciberseguridad. Gastos de adquisición de la propiedad industrial.
  • Activos materiales: Hardware, elementos de comunicaciones para la conectividad de sistemas, equipos de teletrabajo, sensorización, robótica, realidad aumentada, sistemas de realidad virtual, visión artificial, diseño y fabricación aditiva, sistemas embebidos, automatización avanzada, así como los equipos productivos necesarios para la implementación de la solución objeto del proyecto. No se consideran subvencionables los costos de moldes y matrices.
  • Gastos derivados del informe auditor de cuentas.

Criterios de evaluación:

  • Características del proyecto e impacto en el negocio de la empresa y sus procesos: máximo de 30 puntos.
  • Interés del proyecto en Cantabria: máximo de 15 puntos.
  • Impacto en la competitividad de la empresa máximo de 15 puntos.
  • Viabilidad técnica y económica: máximo de 20 puntos.
  • Bonificación por transferencia de tecnología 5 puntos colaboración externa, de universidades, organismos públicos de investigación o entidades inscritas en el Registro de Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, que intervengan de forma significativa en el desarrollo del proyecto. En el caso de que la colaboración descrita anteriormente sea con 2 o más entidades, la puntuación será de 10 puntos.
  • Bonificación Cuenca del Besaya: 10 puntos
  • Bonificación comarca Campoo-Los Valles: Se bonificará con 10 puntos
  • Bonificación por ser PYME: Se bonificará con 5 punto
  • La valoración obtenida por la aplicación de los criterios anteriores se aumentará o reducirá bajo determinados casos (ver bases)

Documentación a adjuntar: Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y firmadas por el representante legal de la empresa en el modelo oficial de instancia que figurará en la correspondiente convocatoria, se presentarán exclusivamente por medios electrónicos. Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

  1. Pruebas documentales claras, concretas y actualizadas en las que se basen los costes subvencionables. Cuando el importe de los mismos supere las cuantías fijadas por la Ley de Contratos del Sector Público para el contrato menor, se aportarán al menos 3 documentos de proveedores diferentes, indicando cuál es la oferta elegida y justificando la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. En el caso de que se presenten menos de 3 presupuestos se justificará el motivo.
  2. Toda aquella documentación que se considere necesaria para ser tenida en cuenta en el proceso de valoración.

Más información en este enlace o en BOC de Cantabria.

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=387105

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=373358

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=387142